Qué es, en una frase
El NIT (Número de Identificación Tributaria) es el número con el que el Estado salvadoreño lo identifica para efectos de impuestos. Lo administra la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) del Ministerio de Hacienda, y el registro donde vive se llama Registro Único de Contribuyentes (RUC). El objetivo oficial del servicio, tal como lo publica Hacienda, es «inscribir en el Registro Especial de Contribuyentes al Fisco las personas naturales que resulten obligados al pago de los impuestos en calidad de sujetos pasivos».
Durante años el NIT fue una tarjeta aparte, con su propio número de catorce dígitos, y había que ir a sacarla. Eso cambió: para el salvadoreño mayor de edad, el NIT dejó de ser un papel y pasó a ser el mismo DUI. La página oficial del trámite lo explica así: «La inscripción en el RUC del DUI como NIT, se realiza a través de transmisión de datos del Registro Nacional de Personas Naturales a la DGII, a excepción de los casos especiales que se requiere realizar el trámite de manera presencial». Dicho en limpio: el RNPN le pasa sus datos a Hacienda y el número viaja detrás del DUI, sin que usted pida nada.
Y si usted tiene guardada la tarjeta vieja de cartón, no la tire ni se preocupe: la misma página aclara que «los números de NIT asignados y emitidos en forma física mantienen su validez». La base legal que Hacienda publica para este servicio son los artículos 1, 4, 4-A, 4-B, 4-C, 4-D, 6 y 10 de la Ley del Registro y Control Especial de Contribuyentes al Fisco, más el artículo 86 del Código Tributario.
Para qué sirve y quién se lo pide
Desde el exterior, el NIT casi nunca se pide solo. Aparece como requisito de otra cosa que usted está tratando de hacer: abrir o reactivar una cuenta bancaria en El Salvador, crear el usuario del portal del Centro Nacional de Registros para pedir certificaciones de un inmueble, firmar una compraventa o una aceptación de herencia ante notario, aparecer como socio o representante de una sociedad, pedir una solvencia tributaria, o cobrar algo que pasa por Hacienda.
Por eso la pregunta llega casi siempre en esta forma: «me están pidiendo el NIT y yo no tengo tarjeta de NIT». Y por eso la respuesta ahorra plata: en la mayoría de los casos usted ya lo tiene y es el número de su DUI. Lo que le conviene llevar a la ventanilla o al correo del banco no es una tarjeta, es su DUI vigente y, si se lo discuten, la impresión de la consulta oficial que dice que su DUI ya está registrado como su NIT.
Hay una consecuencia incómoda de esto, y conviene decirla de una vez: si su DUI está vencido, su NIT no se arregla aparte. El número depende del DUI y el DUI se renueva en el RNPN, no en Hacienda. Si ese es su caso, el orden correcto es DUI primero y todo lo demás después.
Si usted es salvadoreño y mayor de 18 años: no hay trámite, hay una consulta — y es gratis
La DGII tiene una sección de servicios sin clave, es decir, sin cuenta y sin contraseña. Ahí vive la opción que a usted le sirve, titulada «Consulta si tu DUI ya fue reemplazado». La página se presenta con esta frase: «En esta opción las personas naturales salvadoreñas, mayores de 18 años, pueden consultar si su DUI ha sido registrado y/o reemplazado como su NIT».
Le pide dos cosas y nada más: el número de DUI y un captcha. No pide correo, no pide clave, no pide registrarse, no cobra. La dirección es portaldgii.mh.gob.sv/ssc/serviciosinclave/consulta/duinit/ y funciona desde cualquier país. La propia ficha del trámite describe los dos resultados posibles: «le mostrará un mensaje si su DUI está registrado o ha sido reemplazado de manera automática en la Administración Tributaria, caso contrario, le mostrará que su DUI no está registrado o no reemplazado, debe dar clic en el enlace para realizarlo».
Ese «caso contrario» es la parte que vale la pena entender antes de alarmarse. Que la consulta salga negativa no significa que usted deba dinero ni que esté en una lista mala: significa que el cruce automático de datos no lo alcanzó, y entonces hay un segundo portal donde se completa. Se llama NIT electrónico, está en portaldgii.mh.gob.sv/sscenit/, y es el mismo que arranca con la frase «Recuerda, tu DUI = NIT». Ahí se hace, según la ficha oficial, la «Inscripción, Reposición, Reemplazo de número de DUI por NIT y Representación Gráfica Digital del NIT para las personas naturales salvadoreñas mayor de 18 años».
Ese segundo portal sí pide cuenta, y aquí está el único cuello real para quien vive afuera: hay que entrar «con la información de DUI y contraseña de los servicios web de la DGII», y si usted nunca se registró, el registro exige «el número de folio del DUI, el cual está ubicado en el lateral izquierdo de su DUI». Sin el DUI físico a la vista, ese dato no se adivina. Después pide domicilio, teléfono, correo electrónico y actividad económica.
Los dos casos en que de verdad hay que sacar un NIT, y los dos son de familia en el exterior
El trámite del NIT Digital existe, pero no es para el salvadoreño adulto. La página oficial dirige sus requisitos, con estas palabras, al «NIT DIGITAL PARA LAS PERSONAS EXTRANJERAS Y PERSONAS NATURALES SALVADOREÑAS MENORES DE 18 AÑOS». Esos son los dos casos.
Caso uno: una persona extranjera. Es la situación más común de todas y casi nadie la ve venir: el esposo, la esposa, el hijo o el socio que no es salvadoreño y que de pronto tiene que firmar algo en El Salvador —heredar, comprar, vender, constituir una sociedad, aparecer en una escritura—. Esa persona no tiene DUI, así que no tiene NIT automático, y necesita el NIT Digital.
Caso dos: un salvadoreño menor de 18 años. El niño que nació en Estados Unidos y fue inscrito en El Salvador, o el que nació allá y vive acá, y que aparece como heredero, como titular de un inmueble o en un contrato. También necesita su NIT Digital. Y hay un detalle con fecha de caducidad que conviene anotar: la misma página advierte que «para el caso de los menores de edad con NIT de 14 dígitos, este tiene validez hasta que cumplan los 18 años». Al cumplir 18, el camino vuelve a ser el DUI.
Para los dos casos, el trámite es en línea y arranca en los servicios sin clave de la DGII, en la opción «NIT DIGITAL», cuya dirección es portaldgii.mh.gob.sv/ssc/serviciosinclave/emisionnit/inscripcion. Los pasos que publica Hacienda son cuatro: entrar a esa opción, «adjunte los documentos y requisitos legales, que respalde la identificación del solicitante», completar los campos obligatorios «que le permitirán guardar el trámite y visualizar el NIT Digital en formato PDF», y recibir un correo «que permitirá personalizar una contraseña» para después descargar el PDF del Buzón Electrónico cuando quiera.
Tres cosas que esa pantalla dice y que importan mucho desde afuera. La primera: el propio Ministerio llama al trámite «VOLUNTARIA y GRATUITA» —el texto completo es «usted podrá solicitar de manera VOLUNTARIA y GRATUITA su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes para obtener de manera digital su tarjeta de NIT»—. La segunda: la página está en español y en inglés, con un selector de idioma, lo cual resuelve el problema práctico de que el extranjero que necesita el NIT muchas veces no lee español. La tercera, y es la advertencia más importante de toda esta guía: «Este servicio está disponible únicamente para la generación del NIT por primera vez», y «las modificaciones deben realizarlas de forma presencial en las diferentes oficinas del Ministerio de Hacienda».
Un apunte aparte para quien pregunta por una empresa y no por una persona: la misma pantalla aclara que «para el caso de las Sociedades Mercantiles Domiciliadas, el proceso de inscripción y asignación del NIT se realiza desde la plataforma del Centro Nacional de Registros». No se pide en Hacienda; sale del CNR.
Cuánto cuesta de verdad: la tasa del Estado y nuestro honorario, separados
La tasa del Estado es cero. La ficha oficial del servicio «Inscripción, Modificación o Reposición de NIT Digital Persona Natural», con fecha de actualización publicada del 15 de enero de 2026 y leída el 2 de noviembre de 2026, trae un campo llamado «Costo por servicio» y ese campo dice una sola palabra: «Gratuito». La consulta de si su DUI ya es su NIT también es gratis, y además no pide cuenta.
Lo que la misma ficha sí publica son tiempos de ventanilla, para cuando toca ir en persona: «Tiempo de Atención 10 minutos» y «Tiempo de espera 15 minutos», con horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., sin cerrar al mediodía, en cualquiera de los 17 Centros de Atención Express de la DGII repartidos por el país —hay en San Salvador, Soyapango, La Libertad, Santa Ana, San Miguel, Ahuachapán, Sonsonate, Chalatenango, Cuscatlán, La Paz, San Vicente, Cabañas, Usulután, Morazán y La Unión—. La propia ficha publica como medios de contacto el teléfono directo 2237-3444 y un WhatsApp 7073-8444, «solo mensajes de texto»; la pantalla de la consulta de DUI añade un call center en los números 2244-3444 y 2237-3444.
Nuestro honorario por este papel: no hay, porque no lo vendemos. Es gratis, se saca en línea y la cuenta es personal: cobrarle por eso sería cobrarle por nada. Si usted llegó aquí buscando que alguien le «consiguiera el NIT», la respuesta honesta es que use los dos enlaces de arriba y no gaste.
Lo que sí hacemos es lo de alrededor, cuando el NIT era solo el primer escalón. La orientación de Identidad Digital cuesta $45 y la tasa oficial es $0: sirve para dejar funcionando la cuenta con la que se entra a los portales del Estado, y los pasos sensibles los teclea usted —nunca vemos ni guardamos su contraseña ni sus códigos—. El Guiado cuesta $45, es el instructivo hecho para su caso con revisión incluida, y se le acredita completo si al final prefiere que lo hagamos nosotros. Si lo que de verdad necesitaba era el papel del inmueble, la Certificación de propiedad cuesta $95 de honorario más $8.86 de tasa. Y si el que necesita el NIT es un menor y hay que conseguirle primero su partida, la Partida lista para EE.UU. cuesta $95 más la tasa oficial de $35.
El error típico que sale caro
Pagarle a alguien por «sacar el NIT». Es el error número uno y es dinero tirado: el Estado publica la palabra «Gratuito» en la ficha del servicio y publica «tu DUI = NIT» en el portal. Si alguien le cobra por tramitarlo, le está cobrando por abrir una página.
Poner el nombre con el que todo el mundo lo conoce. La pantalla del NIT Digital advierte, citando los artículos 7 y 13 de la Ley del Nombre de la Persona Natural, que «el NIT se emitirá con el nombre propio y no su “conocido por”». Suena menor y no lo es: un NIT emitido con un nombre distinto al de la partida o el pasaporte no cuadra después con la escritura, el banco ni el registro, y corregirlo ya no es en línea.
Hacer el trámite de un menor o de un extranjero con los datos a medias, suponiendo que después se corrige por internet. No se corrige por internet. La propia pantalla dice que el servicio en línea es solo «para la generación del NIT por primera vez» y que «las modificaciones deben realizarlas de forma presencial». Desde el exterior eso significa un viaje, un poder o un favor grande. Revise los nombres, las fechas y los números dos veces antes de dar guardar.
Usar el documento de identidad de otra persona «para agilizar». La misma pantalla lo advierte con el artículo 288 del Código Penal: el documento de identidad «no debe ser de otra persona a fin de evitar el cometimiento de delito por el uso falso del mismo». Es la clase de atajo que alguien propone de buena fe en un chat de familia y que convierte un trámite gratuito en un problema penal.
Descubrir a mitad del camino que hay dos NIT a su nombre. Pasa, sobre todo con quien sacó tarjeta física hace décadas y luego apareció en el cruce automático. La ficha oficial dice que esos casos «serán atendidos en los Centros de Atención Express de todo el país». Es decir: se arregla, pero se arregla en persona y en El Salvador — otro motivo para hacer la consulta gratuita ahora y no el día antes de firmar.
Y si hay que hacerlo con alguien más: el poder, y por dónde se cae
Cuando el trámite toca ser presencial —una modificación, un NIT duplicado, un caso especial— aparece la pregunta de siempre: ¿puede hacerlo mi hermana, mi mamá, mi abogado? Sí, y la ficha oficial dice con qué. Hay dos vías.
Por apoderado. Se presenta «original y fotocopia de Poder» —general administrativo, general con cláusula especial, general judicial y administrativo, especial, o específico para actuar ante la Administración Tributaria— «que contengan facultades para realizar trámites en representación del poderdante ante el Gobierno, el Estado, la Administración Tributaria o cualquier Institución u Oficina Pública». Y aquí está la línea que decide el caso de quien vive afuera, textual: «Si el Poder es elaborado por Notario extranjero debe estar autenticado por la autoridad competente (apostilla), si el poder es elaborado en Consulado deberá autenticar la firma del Cónsul en el Ministerio de Relaciones Exteriores».
Léalo dos veces, porque son dos caminos distintos y la gente los confunde: poder ante notario de allá se apostilla; poder hecho en el consulado salvadoreño no se apostilla — se le autentica la firma del cónsul en Cancillería. Equivocarse de camino es el motivo por el que un poder vuelve rechazado y el trámite se cae después de haber pagado el notario.
Por persona autorizada. Es la vía más liviana y pide el formulario F-210V4 «completamente lleno, firmado por Contribuyente, Representante Legal y/o Apoderado» más una «autorización autenticada» donde se indique el nombre y el documento de quien va a hacer la gestión y «la gestión específica a realizar en el Ministerio de Hacienda». Es decir: una autorización autenticada no sirve en blanco; tiene que decir para qué.
Y una regla general que vale para todo documento que usted mande desde afuera, en palabras de la ficha: «para los documentos otorgados en el extranjero, deberá presentar el documento original, certificado por la autoridad competente (Apostilla) y si estos están en un idioma diferente al español, deberá de presentar también las diligencias de traducción».
Si lo que hay detrás del NIT ya no es un papel sino un caso —una herencia que hay que aceptar y partir, un poder que un registro le rechazó, una propiedad en disputa, un pleito con un socio—, eso lo ve un abogado autorizado en El Salvador: legalsv.com, el despacho que respalda este servicio. Nosotros conseguimos los papeles; ellos llevan el caso.
Las dos rutas honestas
Ruta 1 — usted mismo, y aquí es gratis de verdad. Si es salvadoreño mayor de edad: entre a la consulta sin clave, escriba su número de DUI, resuelva el captcha y guarde la pantalla del resultado. Con eso casi siempre termina el asunto, y lo que le lleva al banco o al notario es su DUI vigente. Si la consulta sale negativa, siga al portal del NIT electrónico; tendrá que crear la cuenta de servicios web de la DGII, y para eso necesita a la vista el número de folio del lateral izquierdo de su DUI. Si el NIT es para un extranjero o para un menor, entre a la opción NIT DIGITAL, cambie el idioma a inglés si le conviene, y prepare antes los documentos escaneados: el PDF del NIT sale al final del mismo proceso.
Ruta 2 — que lo hagamos nosotros, y con una aclaración incómoda: aquí no vendemos el NIT. Tiene sentido llamarnos en tres situaciones, ninguna de ellas «sacar el número». Una: su DUI está vencido o nunca lo tuvo, y entonces el problema no es el NIT sino el DUI, y ese orden hay que armarlo. Dos: lo que le pidieron era el NIT pero lo que realmente necesita es el papel de atrás —la certificación del inmueble, la partida del menor, la carencia de bienes— y ahí sí hay trámite, tasa y gestión. Tres: el trámite ya se torció, hay dos NIT o un nombre mal escrito, y hace falta armar el poder correcto o la autorización autenticada con la redacción que Hacienda acepta.
Y lo que no vamos a hacer: cobrarle por un trámite que el Estado publica como gratuito. Si usted cierra esta página, abre la consulta de la DGII y se ahorra la llamada, esta guía hizo su trabajo.
Un caso real
Tres rutas con los datos oficiales de hoy, sin personas inventadas. Ruta A, la de nueve de cada diez lectores: salvadoreño mayor de edad al que el banco o el notario le pide el NIT. Gasto: cero. Abre la consulta sin clave de la DGII, escribe su número de DUI, resuelve el captcha y guarda el resultado; el documento que presenta es su DUI vigente. Si la consulta sale negativa, el siguiente paso es el portal del NIT electrónico, y el dato que suele faltar ahí es el número de folio del DUI, impreso en el lateral izquierdo del carné. Ruta B: el cónyuge, el hijo o el socio que no es salvadoreño y tiene que firmar en El Salvador. No tiene DUI, así que no tiene NIT automático. Entra a la opción NIT DIGITAL de los servicios sin clave, puede poner la página en inglés, adjunta los documentos que respalden su identidad, y el NIT Digital en PDF aparece al final del mismo proceso. El Ministerio describe ese trámite como voluntario y gratuito. Ruta C: el menor de 18 años que aparece como heredero o como titular de algo. El trámite lo hace uno de los padres y el niño no tiene que comparecer. Para el menor salvadoreño piden la partida de nacimiento en original; para el menor extranjero, el pasaporte en original; y del padre o la madre, el DUI vigente en original más el dato de su DUI o NIT. Si no puede ir ninguno de los dos, la ficha admite tutor, curador, procurador o apoderado, con documentación que compruebe la calidad con la que actúan. En las tres rutas el error caro es el mismo y no es de dinero: equivocar un nombre o una fecha, porque la corrección ya no se hace en línea sino en persona en una oficina de Hacienda.
Preguntas frecuentes
- ¿Mi DUI es mi NIT en El Salvador?
- Sí, si usted es salvadoreño mayor de 18 años. El portal del NIT electrónico del Ministerio de Hacienda lo dice con estas palabras en su pantalla de inicio: la representación gráfica del NIT no es necesaria para las personas naturales salvadoreñas mayores de edad, y recuerda que tu DUI es igual a tu NIT. La ficha oficial del trámite explica el mecanismo: la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes del DUI como NIT se realiza mediante transmisión de datos del Registro Nacional de Personas Naturales a la DGII, salvo casos especiales que exigen hacerlo en persona. Si usted guarda la tarjeta física antigua, sigue sirviendo: la misma ficha aclara que los números de NIT asignados y emitidos en forma física mantienen su validez.
- ¿Cómo consulto gratis si mi DUI ya quedó registrado como mi NIT, desde el exterior?
- Con la opción de servicios sin clave de la Dirección General de Impuestos Internos llamada «Consulta si tu DUI ya fue reemplazado», en portaldgii.mh.gob.sv/ssc/serviciosinclave/consulta/duinit/. La página indica que las personas naturales salvadoreñas mayores de 18 años pueden consultar ahí si su DUI ha sido registrado y reemplazado como su NIT. Pide dos datos: el número de DUI y un captcha. No pide cuenta, no pide contraseña y no cobra, y funciona desde cualquier país. Según la ficha oficial, el resultado le dirá si su DUI está registrado o reemplazado de manera automática, o bien que no lo está, con un enlace para hacerlo.
- ¿Cuánto cuesta sacar el NIT y quién sí tiene que sacarlo?
- Nada. El campo «Costo por servicio» de la ficha oficial del Ministerio de Hacienda, con fecha de actualización publicada del 15 de enero de 2026, dice «Gratuito», y la pantalla del trámite en línea lo describe como una solicitud voluntaria y gratuita de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. Tienen que sacarlo dos grupos de personas, y la propia ficha los nombra: las personas extranjeras y las personas naturales salvadoreñas menores de 18 años. Para ellas existe el NIT Digital, que se solicita en línea en los servicios sin clave de la DGII y se descarga en PDF. Para el salvadoreño mayor de edad no hay trámite que hacer: ya tiene su número en el DUI.
- Me equivoqué en un dato del NIT de mi hijo, ¿lo corrijo por internet?
- No. La pantalla del trámite en línea dice que ese servicio está disponible únicamente para la generación del NIT por primera vez, y que las modificaciones deben realizarse de forma presencial en las oficinas del Ministerio de Hacienda, que son los Centros de Atención Express, con horario de lunes a viernes de 7:30 de la mañana a 3:30 de la tarde sin cerrar al mediodía. Desde el exterior eso obliga a un poder o a una autorización autenticada. La ficha pide que, si el poder lo hizo un notario extranjero, lleve apostilla, y que si el poder se hizo en un consulado salvadoreño, se autentique la firma del cónsul en el Ministerio de Relaciones Exteriores. También advierte, citando la Ley del Nombre de la Persona Natural, que el NIT se emite con el nombre propio y no con el «conocido por»: revise los nombres antes de guardar.