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Lo que Migración guarda de usted: cuatro papeles de su propio expediente, y cómo pedirlos por correo electrónico

Updated: October 9, 2026 · Official sources below

Cada vez que usted sacó un pasaporte, Migración abrió un expediente a su nombre y se quedó con copia de lo que entregó. Hoy le puede certificar cuatro cosas de ese expediente: la constancia de pasaporte ($8), la certificación de un documento anexo como su partida ($10), la certificación del pasaporte completo ($12 más $5.20 de fotocopias) y otras constancias no especificadas ($10). Y hay una puerta que casi nadie conoce: no está en la Ventanilla Única del Estado, pero se pide por correo electrónico y se paga con un enlace. Lo único presencial es el retiro.

Qué es, en una frase

Migración no solo le entrega papeles: también los guarda. Cuando usted sacó su primer pasaporte presentó documentos —su partida de nacimiento, su DUI, lo que le pidieron— y esos papeles quedaron en un expediente administrativo a su nombre. La certificación de documentos es el trámite con el que Migración saca una copia de lo que tiene archivado suyo y la vuelve documento oficial, con sello y firma.

Son cuatro servicios distintos y conviene no confundirlos, porque cuestan distinto y piden cosas distintas. En la propia solicitud oficial aparecen como cuatro casillas: certificación de pasaporte, constancia de pasaporte, otras constancias no especificadas y certificación de documentos. Las cuatro salen de la misma ventanilla y con el mismo formulario.

La constancia de pasaporte dice que usted tiene o tuvo pasaporte, con sus datos. La certificación de pasaporte es otra cosa: la propia página de Migración la define como «la copia fiel del pasaporte vigente o vencido, el cual es certificado y avalado por la Gerencia de Emisión de Pasaportes» — es decir, su libreta entera copiada y sellada. La certificación de documentos es la copia certificada de algo que está anexo a su expediente. Y la tasa de la ley nombra todavía un quinto caso: la certificación de folios del expediente administrativo, o sea de las hojas mismas del expediente.

Para qué sirve y quién se lo pide

Esto le sirve, sobre todo, cuando le piden una prueba de identidad o de viaje y usted ya no tiene el papel original. El caso más común desde el exterior es este: le piden copia certificada de un pasaporte que se le venció hace años y ya no sabe dónde está, o le piden su partida de nacimiento y usted no tiene ninguna a mano, pero sí recuerda que entregó una en Migración cuando sacó el pasaporte.

Quién se lo pide depende del caso: un abogado que arma un expediente, una institución que quiere ver su historial de pasaportes, un trámite donde hay que probar cómo se escribía su nombre en un documento de otra época. Nosotros no damos asesoría migratoria y no le vamos a inventar una lista de quién lo exige. Lo que sí le decimos es el orden correcto: pregúntele primero a quien se lo pide qué documento quiere exactamente y en qué formato, y después pague.

Y una advertencia honesta, antes de que gaste: Migración solo puede certificar lo que tenga archivado. Si usted nunca hizo un trámite ahí, o si el documento que necesita no quedó anexo a su expediente, no hay nada que certificar. Eso se pregunta antes de pagar, por el call center o por WhatsApp, y es gratis preguntarlo.

La puerta en línea que no está en la Ventanilla Única del Estado

Aquí está el hallazgo que casi nadie publica. Hoy, 9 de octubre de 2026, bajamos el catálogo completo de la Ventanilla Única del Estado (simple.sv) por su propia interfaz de datos: 118 trámites y 137 modalidades. De la Dirección General de Migración y Extranjería hay un solo trámite publicado, la constancia de no restricción migratoria. Ninguna de estas certificaciones aparece. Si usted buscó en simple.sv y no encontró nada, no se volvió loco: no está ahí.

Pero Migración tiene su propia puerta, en su propio sitio, fuera de la Ventanilla Única. La página se llama «Solicitud y pago de certificaciones y constancias de pasaportes en línea» y publica tres pasos: usted completa el formulario y lo manda al correo gerenciadepasaportes@migracion.gob.sv con la información anexa; Migración revisa y valida; si todo está en orden le mandan un correo con un enlace para pagar en línea, y ahí mismo escoge la sucursal donde quiere retirar.

Dos detalles de esa página valen oro y son fáciles de pasar por alto. El primero: al recibir la notificación usted tiene 48 horas para pagar. No son 48 horas desde que mandó el correo: son 48 horas desde que le avisan. Si el aviso le cae un viernes por la tarde y usted no revisa el correo hasta el lunes, el plazo ya corrió. El segundo: la entrega es presencial y personal. La página lo dice con estas palabras: «La entrega de certificaciones y constancias es de carácter presencial y personal para personas que se encuentren dentro del territorio nacional. En caso de tramitar por medio de apoderado o representante legal, anexar documento para validación».

Traducido a lo que significa para usted, que está afuera: puede pedirlo y pagarlo desde su teléfono, pero no puede recibirlo por correo. Alguien tiene que ir a la sucursal. O usted, en su próximo viaje, o una persona autorizada con el documento que lo acredite.

  • El formulario se llama «Solicitud de servicios descentralizados» y no está en la página de descargas del sitio: se baja desde la misma página del servicio. Es una sola hoja y tiene las cuatro casillas de trámite y cuatro de categoría (niñez y adolescencia, fallecido, personal, representante legal).
  • Hay dos correos distintos y no son intercambiables: gerenciadepasaportes@migracion.gob.sv para certificaciones y constancias de pasaportes, y solicitudes.movimientos@migracion.gob.sv para la certificación de movimientos migratorios, que tiene su propia página y su propia ruta.
  • Contactos generales de la Dirección General, tomados de su propio sitio: call center +503 2535-6212, WhatsApp +503 7070-0663, correo atencion.usuarios@migracion.gob.sv.
  • Las ocho sucursales atienden «todos los servicios», verificado el 9 de octubre de 2026: Centro de Gobierno y Masferrer en San Salvador, Cascadas en Antiguo Cuscatlán, Plaza Mundo en Soyapango, Pasatiempo en Lourdes Colón, Las Ramblas en Santa Ana, San Miguel y Usulután. Cascadas es la única con servicio extraordinario los sábados de 8:00 a 12:00, por orden de llegada.

Cuánto cuesta de verdad

Las tasas del Estado, una por una: constancia de pasaporte $8.00, certificación de documentos $10.00, otras constancias no especificadas $10.00, certificación de pasaporte $12.00. No son estimaciones: están en la tabla de tasas del artículo 325 de la Ley Especial de Migración y Extranjería, que en el renglón de certificaciones dice textualmente «De folios de expedientes administrativos de salvadoreños $10.00», «De partida de nacimiento u otro documento anexo al expediente $10.00» y «Del pasaporte $12.00», y en el renglón de constancias «De pasaporte $8.00» y «Otras constancias no especificadas $10.00».

La certificación de pasaporte lleva un cobro extra y ahora se puede explicar de dónde sale: $5.20 de fotocopias. La página de la ruta en línea publica «$12.00 más $5.20 costo de fotocopias de pasaporte» y no dice más. La cuenta cuadra exacta con el mismo artículo 325, que cobra «Servicio de fotocopia por página $0.20»: 26 hojas por veinte centavos son $5.20. Y 26 es justamente el número de hojas tamaño carta que sale si se siguen al pie de la letra las instrucciones de escaneo del formulario oficial, que agrupan la libreta de dos páginas por hoja, desde la portada hasta la contraportada.

Esas instrucciones de escaneo son la parte del trámite donde más gente tropieza, y están escritas en la segunda hoja del formulario: el escaneo va en blanco y negro, frente y vuelto de cada página, dos páginas por hoja tamaño carta, y todo en un solo archivo PDF. La portada va en la posición inferior de la hoja; de la página 1 a la 47 van centradas; la página 48 y la contraportada van en la posición superior. Si manda 48 imágenes sueltas, le van a pedir que lo haga de nuevo.

Si manda a alguien, hay un segundo costo que no es del Estado: la autorización. La página del servicio dice que si la persona interesada no puede presentarse «podrá delegar a una tercera persona, con la autorización pertinente», y el formulario pide «original de autorización o poder legal». No publica qué nivel exige en cada caso, así que la respuesta honesta es que eso se confirma con Migración antes de pagar un arancel. Si termina necesitando un poder otorgado en su consulado, el arancel está fijado: US$40.00 por un poder especial, artículo 212-bis de la Ley Orgánica del Servicio Consular.

Y lo nuestro, dicho sin maquillaje: para este papel no tenemos ficha de precio fijo, y no se lo vamos a inventar. La ruta del Estado ya es buena —se pide por correo, se paga en línea, cuesta entre $8 y $17.20— y lo único que falta es que alguien vaya a retirarlo. Si lo que usted necesita de verdad es su partida de nacimiento, el papel correcto no es este y más abajo le decimos por qué.

El error típico: la línea «para ser presentado a»

El formulario oficial tiene una línea que parece de relleno y no lo es: «solicito extienda este documento, para ser presentado a: ___». Ahí usted escribe el nombre de la institución que se lo pidió, y el documento sale dirigido a esa institución.

La nota al pie del mismo formulario cierra la trampa con una frase que conviene leer dos veces: «El solicitante se hace responsable por el nombre de la institución a la cual va dirigido el documento». Si usted pone el nombre equivocado, o pone un nombre genérico y la institución lo rechaza porque no es el suyo, el problema es suyo: paga otra vez y espera otros días. Pregúntele a quien se lo pide cómo se llama exactamente, con sus siglas y todo, y cópielo letra por letra.

El segundo error es de calendario, y nace de que hay dos plazos publicados y no coinciden. La página del servicio dice que la entrega es «a partir del cuarto día hábil, contado un día después de solicitado el trámite». La nota del formulario oficial dice «el plazo de entrega es de 5 días hábiles». Le damos los dos números porque los dos son oficiales y no vamos a promediarlos: cuente cinco días hábiles para estar seguro, y si le sale al cuarto, mejor para usted.

  • Antes de mandar el correo, revise que el formulario lleve: la casilla del trámite marcada, la casilla de categoría marcada, el nombre del titular tal como aparece en el DUI, el número de DUI, la institución destinataria, su firma, su teléfono, su correo y su número de WhatsApp.
  • Para retirar, el titular presenta su DUI. Si retira un representante legal, presenta además el documento original que lo acredita — el mismo que mandó escaneado por correo. La copia no sirve en la ventanilla: la nota del formulario pide el original.
  • En el caso de la certificación de pasaporte, el pasaporte original es indispensable al momento de retirar, aunque ya haya mandado el escaneo completo.

El error que cuesta más caro: creer que esto reemplaza su partida de nacimiento

Mucha gente llega a este trámite buscando un atajo para su partida: «si yo entregué mi partida en Migración, que me den una copia certificada de esa». Técnicamente se puede, y la tasa existe: «certificación de partida de nacimiento u otro documento anexo al expediente, $10.00». Pero lo que sale de ahí es la certificación de una copia que está en un archivo, no una certificación del Registro Civil, y esas dos cosas no sirven para lo mismo.

Lo importante es la fecha. La copia que Migración tiene de usted es la que entregó el día que sacó el pasaporte — puede tener diez o veinte años. Y buena parte de las ventanillas salvadoreñas exigen una certificación de partida expedida dentro del último año; Migración misma lo exige así para el primer trámite de un menor. Una copia vieja, aunque venga certificada hoy, sigue siendo una copia de un documento viejo.

Si lo que le piden es su partida de nacimiento, la puerta correcta es el Registro Nacional de las Personas Naturales, y ahí sí hay versión en línea: la certificación se pide en simple.sv, sin viajar y sin poder notarial, y cualquier persona puede pedir la partida de otra — su hermana en San Salvador puede sacar la suya sin ningún papel de autorización. Eso cuesta $5 de tasa nacional si la pide alguien allá. No le vamos a cobrar por algo que el Estado ya le resolvió mejor.

Dos casos con regla propia: menores y personas fallecidas

Para una niña, niño o adolescente, la página del servicio dice que el trámite «puede ser solicitado por uno de los padres o tutor», y el formulario tiene su propia casilla de categoría. Es, de los trámites de Migración, uno de los más sencillos en cuanto a quién puede pedirlo.

Para una persona fallecida cambian los requisitos y cambia el lugar. Para la constancia de pasaporte y la certificación de documentos piden el DUI original de quien solicita más la documentación que permita determinar la filiación con la persona fallecida, y la certificación de la partida de defunción; la nota aclara que la delegación a un tercero la pueden hacer padres, cónyuge, hijos o hermanos. Y hay un detalle de logística que ahorra un viaje perdido: la certificación de pasaporte de una persona fallecida se tramita únicamente en la sucursal Centro de Gobierno de San Salvador, no en las otras siete.

Las dos rutas honestas

Hágalo usted mismo, y es la ruta que le recomendamos. Baje el formulario de la página del servicio, márquelo, escanee su DUI, mándelo a gerenciadepasaportes@migracion.gob.sv, esté pendiente del correo para pagar dentro de las 48 horas, y coordine con alguien de confianza en El Salvador para el retiro. Entre $8 y $17.20 del Estado, más el arancel del poder si hace falta. Es un trámite de una hoja y un correo: no necesita abogado ni gestor.

Que lo hagamos nosotros tiene sentido en un caso distinto, y preferimos decírselo así: cuando este papel es una pieza de un expediente más grande. Si lo que usted está armando es un legajo completo —partida, antecedentes, movimientos migratorios, apostillas, traducciones— ahí sí hacemos falta, porque el trabajo no es pedir un papel sino que los seis cuadren entre sí, con los mismos nombres y las mismas fechas, y lleguen apostillados a donde van. Nuestras fichas y sus precios están publicados; la tasa del Estado va siempre separada en el recibo.

Y la advertencia que nos toca dar: si detrás de estos papeles hay un pleito, el papel es el principio y no el final. Una sucesión, una declaratoria judicial de ausencia, una rectificación que exige juez, un caso migratorio litigado o un conflicto de propiedad no se resuelven con una certificación de Migración. Para eso necesita un abogado — legalsv.com atiende exactamente esos casos—, y lo que nosotros hacemos es entregarle el expediente ya armado para que no le cobren horas de bufete recolectando papeles.

A real case

Vale la pena comparar dos maneras de resolver el mismo encargo: conseguir, desde Estados Unidos, la copia certificada de un pasaporte salvadoreño vencido. La primera manera es mandar el correo con el pasaporte escaneado como salió del teléfono: cuarenta y ocho fotos sueltas, a color, una página por imagen. La solicitud se devuelve, porque las instrucciones del formulario piden un solo PDF, en blanco y negro, frente y vuelto, dos páginas por hoja carta. Se rehace el escaneo, se manda otra vez, y entre ida y vuelta se van dos semanas antes de que exista el enlace de pago. La segunda manera es leer la segunda hoja del formulario antes de escanear, armar el PDF como lo pide, y mandarlo una sola vez. Mismo costo: $12 de tasa y $5.20 de fotocopias. La única diferencia es que en el primer caso el reloj de los cinco días hábiles ni siquiera había empezado a correr.

Frequently asked questions

¿Puedo pedir una certificación de Migración en línea desde Estados Unidos?
Sí para pedirla y pagarla; no para recibirla. Migración publica una página llamada «Solicitud y pago de certificaciones y constancias de pasaportes en línea»: usted manda el formulario al correo gerenciadepasaportes@migracion.gob.sv, ellos validan, le envían un enlace de pago en línea y usted tiene 48 horas desde el aviso para pagar y escoger la sucursal de retiro. Pero la misma página dice que «la entrega de certificaciones y constancias es de carácter presencial y personal para personas que se encuentren dentro del territorio nacional», y que si se tramita por medio de apoderado o representante legal hay que anexar el documento para validación. Ojo: esta ruta no está en la Ventanilla Única del Estado. Comprobamos el catálogo completo de simple.sv el 9 de octubre de 2026 —118 trámites y 137 modalidades— y de la Dirección General de Migración y Extranjería solo está publicada la constancia de no restricción migratoria.
¿Cuánto cuesta cada papel y por qué la certificación de pasaporte cobra $5.20 extra?
Las tasas están en la tabla del artículo 325 de la Ley Especial de Migración y Extranjería: constancia de pasaporte $8.00, certificación de documentos $10.00, otras constancias no especificadas $10.00, certificación del pasaporte $12.00, y certificación de folios del expediente administrativo de salvadoreños $10.00. El cobro extra de $5.20 en la certificación de pasaporte es de fotocopias: el mismo artículo 325 fija «servicio de fotocopia por página $0.20», y 26 hojas a veinte centavos dan exactamente $5.20 — que es el número de hojas tamaño carta que resulta de agrupar la libreta de dos páginas por hoja, como piden las instrucciones de escaneo del formulario oficial.
Perdí mi partida de nacimiento. ¿Me sirve la copia que Migración tiene de ella?
Casi nunca, y conviene saberlo antes de pagar. Lo que Migración certifica es la copia que está anexa a su expediente, es decir el documento que usted entregó cuando sacó su pasaporte — puede ser de hace diez o veinte años. Eso no es una certificación del Registro Civil, y muchas ventanillas salvadoreñas exigen una partida expedida dentro del último año. Si lo que le piden es su partida de nacimiento, la puerta correcta es el Registro Nacional de las Personas Naturales a través de simple.sv, donde además cualquier persona puede pedir la partida de otra sin poder notarial: un familiar suyo en El Salvador la saca por $5 de tasa nacional. Pregúntele siempre al que se lo pide cuál de los dos documentos quiere.
¿Puede ir mi hermano a retirarlo por mí, y qué pasa si pongo mal la institución?
Sí puede, con autorización. La página del servicio dice que si la persona interesada no puede presentarse «podrá delegar a una tercera persona, con la autorización pertinente», y el formulario pide el original de la autorización o poder legal, que su hermano tiene que llevar en físico a la ventanilla además de su propio DUI. Migración no publica qué nivel de autorización exige en cada caso, así que eso se confirma con ellos antes de pagar un arancel consular. Sobre la institución: el formulario tiene una línea que dice «para ser presentado a» y su nota al pie advierte que «el solicitante se hace responsable por el nombre de la institución a la cual va dirigido el documento». Si lo escribe mal, el documento sale mal dirigido, paga de nuevo y espera de nuevo. Copie el nombre exacto, con siglas, de quien se lo pidió.

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Sources

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